Grado parcial y total
La parcial reduce el rendimiento para el trabajo habitual sin impedir seguir desarrollándolo. La total impide el oficio concreto, aunque permite otra actividad distinta. En ambos casos la base reguladora marca la cuantía.
Cuantías actualizadas en 2026
Hay prestaciones que parecen del pasado y siguen generando consultas cada año: el SOVI, la pensión de orfandad, las no contributivas y la incapacidad permanente. Todas se actualizaron para 2026, aunque con cuantías y reglas muy distintas entre sí.
Qué cambió y qué sigue igual
Esta página reúne esas figuras para que no tengas que buscarlas en cinco sitios distintos. Cuando un importe se ha actualizado, lo indicamos con el año correspondiente. El SOVI se revaloriza cada año. La orfandad entra en la subida general de las contributivas. Las no contributivas y la incapacidad permanente siguen criterios propios que conviene mirar por separado.
Ninguna de ellas funciona como una ayuda nueva. Son prestaciones reconocidas bajo normativas anteriores que se mantienen vivas en la nómina de muchas personas mayores, y por eso sus importes aparecen en los mismos anuncios de actualización que la jubilación o la viudedad.
El SOVI es una figura del extinguido sistema de pensiones no contributivas. Aunque ya no se reconoce a nuevos beneficiarios, sigue pagándose a quienes lo percibían y se revaloriza cada año. También aparece en textos oficiales junto a otras prestaciones de actualización anual.
Es un importe del que sigue dependiendo un número relevante de personas mayores, sobre todo mujeres que cotizaron poco o nada durante su vida laboral.
Cuantías no concurrentes · 2026
599,60 €
Importe mensual del SOVI cuando no concurre con otra pensión pública.
7,07 %
Subida aplicada sobre la cuantía del año anterior.
Sin nuevas altas
El número de perceptores solo disminuye con los años.
Se trata de personas que acreditaron su derecho bajo la normativa anterior y continuaron percibiéndola tras la transición al sistema actual. No hay nuevas altas, así que la cifra de beneficiarios disminuye con los años. Si algún familiar recibía esta prestación y tienes dudas sobre su revalorización, los canales oficiales de la Seguridad Social siguen siendo la vía de consulta.
Punto a revisar
Reconocimiento
El derecho se concedió bajo la normativa anterior y no se vuelve a tramitar.
Vida laboral e historial de prestaciones reconocidas.
Revalorización
La cuantía se revisa cada año, igual que el resto de pensiones.
Comunicaciones anuales de la Seguridad Social.
Compatibilidades
Cobrar otra pensión pública cambia el importe que se percibe.
Revisión del conjunto de ingresos del hogar.
Estas tres comprobaciones resuelven la mayoría de las consultas. Cuando el registro no coincide con lo que se cobra, la corrección es posible, pero conviene hacerla dentro de los plazos de revisión establecidos.
Es una prestación contributiva reconocida a hijos del causante en determinadas circunstancias. Se incluye entre las pensiones contributivas de la Seguridad Social, junto a jubilación, viudedad e incapacidad permanente. Es menos visible que otras, y por eso genera preguntas sobre quién la percibe, hasta qué edad y con qué compatibilidades. Su tratamiento en 2026 quedó dentro de la revalorización general del 2,7 %.
La edad de extinción no es un número único. Depende de si el beneficiario estudia, trabaja o tiene una discapacidad reconocida, y de si percibe otras rentas propias.
La orfandad puede coexistir con otras prestaciones en ciertos supuestos y tiene reglas propias cuando hay discapacidad. También existen orfandades con cuantías incrementadas según las circunstancias del beneficiario. Estas reglas específicas son las que más dudas generan y donde resulta más útil revisar el caso concreto antes de dar nada por sentado.
Revalorización general 2026
2,7 %
Es el porcentaje que se aplicó a las pensiones contributivas, incluida la orfandad, dentro del paquete de actualización de este año.
No es una pensión de jubilación, pero condiciona la vida laboral y, a menudo, el retiro futuro. Se reconoce en distintos grados, desde la parcial hasta la gran invalidez. La cuantía depende de la base reguladora y del grado reconocido. Cuando alguien accede a la incapacidad permanente, la cotización continúa en muchos supuestos, lo que afecta al futuro cálculo de la jubilación.
La cotización durante una incapacidad permanente suma años a la vida laboral. En la práctica, eso puede acercar la edad ordinaria de jubilación sin que el trabajador siga de alta.
Según el grado reconocido
La parcial reduce el rendimiento para el trabajo habitual sin impedir seguir desarrollándolo. La total impide el oficio concreto, aunque permite otra actividad distinta. En ambos casos la base reguladora marca la cuantía.
La absoluta inhabilita por completo para cualquier profesión. La gran invalidez añade un complemento cuando la persona necesita ayuda de terceros para lo esencial.
Los grados pueden revisarse si cambia el estado de salud, tanto al alza como a la baja.
Las no contributivas se actualizaron para 2026, dentro de la subida general de pensiones que también incluyó el Ingreso Mínimo Vital. Son prestaciones de carácter asistencial, sujetas a requisitos de renta y residencia. Su cuantía es más baja que la de una contributiva media, así que en muchos hogares se combinan con otras ayudas. El sistema de compatibilidades es un punto delicado y merece revisión específica.
Si estás valorando pedir una, el orden importa: primero se comprueba la renta de la unidad de convivencia, después la residencia y por último la compatibilidad con lo que ya se cobra.
Requisitos que se comprueban
El Ingreso Mínimo Vital es una prestación distinta, pero aparece a menudo junto a estas pensiones en los anuncios oficiales de actualización y en las consultas de los lectores. Se aprobó en 2020 y se revaloriza anualmente. Convivir con el IMV mientras se percibe una no contributiva es posible dentro de los límites establecidos. Conviene revisar el conjunto completo de ingresos del hogar antes de asumir que una prestación excluye a la otra.
Antes de 2020
Las no contributivas eran la única red asistencial de este tipo
Quien no alcanzaba una pensión contributiva dependía de esta vía o de ayudas autonómicas con reglas distintas en cada comunidad.
Desde 2020
El IMV entra en juego y convive con lo anterior
El IMV no sustituye a la no contributiva: se calcula por separado y se ajusta según los ingresos del hogar.
Lo que conviene hacer
Sumar todos los ingresos y comprobar la compatibilidad
Solo con el cuadro completo se puede saber si una ayuda reduce otra o si ambas caben dentro de los límites vigentes.
El primer paso es consultar la vida laboral y, si procede, el reconocimiento de la prestación correspondiente. Los errores de registro se corrigen, pero el plazo de revisión tiene límites. Cuando existan dudas sobre compatibilidades, la consulta a la Seguridad Social o a un profesional especializado evita sorpresas.
Estas páginas explican el funcionamiento general de cada figura. No sustituyen al reconocimiento individual ni al criterio de la administración en un caso concreto.
Paso primero
Pide tu informe de vida laboral
Es la base de todo. Si los periodos no coinciden con lo que recuerdas, ese es el primer punto a corregir.
Paso segundo
Localiza el reconocimiento de la prestación
Importe, fecha de efectos y condiciones quedan ahí. Sin ese documento se discute de memoria.
Paso tercero
Comprueba las compatibilidades
Suma todas las rentas del hogar y revisa si alguna prestación condiciona otra.
Paso cuarto
Consulta antes de dar nada por cerrado
Con los papeles delante, la Seguridad Social o un profesional especializado resuelven la duda en una sola consulta.
No. Es una figura extinguida del anterior sistema no contributivo. Solo se mantiene para quienes ya tenían reconocido el derecho, con revalorización anual.
Depende de la situación del beneficiario y de si existen condiciones especiales. La edad ordinaria de extinción varía y conviene revisarla según el supuesto.
En muchos supuestos la cotización continúa durante la incapacidad, lo que cuenta para el futuro cálculo de la jubilación. Las condiciones concretas dependen del grado reconocido.
Cada prestación tiene su propia página, con las cuantías del año y las comprobaciones que conviene hacer antes de consultar. Si tu duda mezcla varias figuras, empieza por la pensión pública y sigue desde ahí.
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